Reglamento de organización

Ganemos Palencia  – Aprobado en la Asamblea del 11 de diciembre de 2019

 

1. La ASAMBLEA es el órgano supremo de Ganemos Palencia. Tendrá carácter público y se podrá intervenir y decidir en ella sin más requisito que compartir los fines generales de GP. Se estudiará por la Coordinadora y presentará a la Asamblea para aprobación el mecanismo que pudiera evitar maniobras maliciosas dirigidas a alterar la voluntad de Ganemos Palencia ante decisiones de especial relevancia.

1.1. Se procurará en la Asamblea la máxima eficacia en cuanto a aprovechamiento del tiempo y la máxima participación. Para ello, se podrán utilizar mecanismos como: turno de palabra abierto, turno de palabra cerrado, prioridad para las personas que no han hablado antes en la misma asamblea, limitación en el tiempo de cada intervención, alteración en el orden de intervención según el aspecto que se esté tratando, facilitación de la intervención para quienes no tengan costumbre de hacerlo… La utilización de los distintos mecanismos dependerá de los asistentes y de la importancia de los temas

1.2. Se tomarán actas de los acuerdos (y, en su caso, de aquello no acordado pero que deba ser reseñado por alguna razón). Estas actas serán públicas, tras un tiempo de revisión interna, y serán referencia para GP. Se designará al principio de cada asamblea a la persona encargada de la redacción del acta. La Secretaría Legal y Documentación asegurará que se realiza el acta y se guardan de forma accesible las actas anteriores.

1.3. Se realizarán un mínimo de 6 asambleas al año, procurando que no se superen las 9. Se intentará alternar Asambleas que traten temas territoriales (asuntos de barrios concretos) con Asambleas temáticas o sectoriales (temas más generales a toda la ciudad, vivienda, transporte…)

1.4. Las Asambleas son convocadas por la Coordinadora, aunque también pueden ser convocadas por la propia Asamblea.

2. La COORDINADORA de GP (o “GRUPO COORDINADOR”) es el órgano que se ocupa de la organización interna, de la portavocía y de la toma de decisiones ordinarias entre asambleas.

2.1. Debe realizar el seguimiento de acuerdos de las asambleas, asegurar la aprobación de actas de asamblea y convocar la siguiente asamblea, asegurando su adecuada dinamización.

2.2. Sus decisiones no podrán ir en contra de lo aprobado en la asamblea, aunque sí puede y debe concretarlo. Cuando se trate de cuestiones urgentes que la asamblea no haya debatido ni enmarcado, podrá tomar decisiones, si bien facilitando el conocimiento público del contenido fuera de la propia coordinadora (con las limitaciones que la confidencialidad y la prudencia política puedan exigir). En todo caso, dará cuenta de estas decisiones al resto de GP y serán ratificadas o rechazadas en la siguiente asamblea.

2.3. Formarán parte de la Coordinadora (teniendo en cuenta que una persona puede asumir más de una secretaría):

a) Dos o más personas elegidas en la asamblea estarán al tanto especialmente de los aspectos más generales, como participación (interna y externa), estrategia electoral, código ético y avance del proyecto social y político.

b) Secretaría de Comunicación exterior

c) Secretaría de Economía

d)  Secretaría Legal y Documentación

e) Dos personas por cada Comisión de trabajo

2.4. El lugar y hora de las reuniones será público.

2.5. Podrán asistir libremente personas de GP con derecho a participar y sin derecho a voto, siempre que no se dificulte el funcionamiento de la Coordinadora.

2.6. Podrán asistir también personas a las que invite la propia Coordinadora, en función del tema a tratar.

2.7. Las personas que forman parte de la Coordinadora irán variando en el tiempo, asegurando tanto la continuidad como la renovación. En todo caso, al menos cada 12 meses se revisará la composición de la Coordinadora en una asamblea en la que figure tal asunto en el orden del día. (Sin perjuicio de que ciertas personas, por las funciones institucionales o técnicas que desempeñan, puedan formar parte de la Coordinadora normalmente durante una legislatura municipal completa).

2.8. La periodicidad de las reuniones de la Coordinadora se decidirá en la primera reunión del grupo coordinador.

2.9. La propuesta sobre la periodicidad y los miembros de la Coordinadora (cada comisión escoge dos) deberá llevarse a la Asamblea para su ratificación.

3. COMISIONES DE TRABAJO

3.1. COMISIÓN INSTITUCIONAL

a) Se ocupará de todo lo relacionado con el Grupo Municipal de GP en el Ayuntamiento, incluyendo la estrategia y la táctica política institucional.

b) Estará formada por los/as concejales/as y otras personas de GP. Al menos una de los/as concejales/as será formará parte de los representantes de esta Comisión en la Coordinadora.

3.2. COMISIÓN DE PROGRAMA, el nombre de la comisión lo decide la misma comisión. Las propuestas son Programa en construcción y Programa y Acción Social

a) Se encargará de revisar el programa presentado a las elecciones, tanto antes como después de celebradas estas.

b) Podrá también realizar acciones que ayuden a abordar debates y propuestas para la ciudad y la sociedad en general en relación con los fines transformadores de GP.

3.3. Otras comisiones. Se podrán crear otras comisiones de trabajo siempre que sea conveniente. Cada una de ellas contará con dos representantes en la Coordinadora.

3.4. Las Comisiones de Trabajo trabajarán dentro del marco general decidido por la asamblea. Sus actuaciones de cara al exterior deberán contar con el acuerdo previo de la asamblea (o de la Coordinadora cuando se trate de actuaciones de menor trascendencia).

4. PORTAVOCÍA. Se podrán designar distintas personas como portavoz para cada asunto y en cada momento, estos portavoces temporales los decide la Coordinadora. En el resto de casos, ejercerán como portavoz/portavoces una, dos o tres personas designadas por la Coordinadora y serán ratificados en Asamblea.

 

 

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