El Ayuntamiento de Palencia quiere alterar los artículos 154 y 185, del Plan General de Ordenación Urbana, que protegen al arbolado de la ciudad, para poder talar a discreción.

  • El artículo 154 en su redacción actual exige causa de fuerza mayor; sin embargo, la nueva redacción pretende rebajarlo a simple justificación cualquiera que esta sea.
  • El artículo 185 prohíbe talar en las riberas del río; sin embargo, ahora quedaría abierta la posibilidad.

Si se aprueba esta modificación,  el Ayuntamiento tendrá vía libre para talar cuantos árboles se le antojen.

Invitamos a los vecinos y vecinas de Palencia a presentar alegaciones contra la modificación de los artículos 154 y 185.

Pueden redactar sus propias alegaciones o utilizar el modelo de alegación que les facilitamos en este enlace.

Las alegaciones deben ser registradas antes del 1 de septiembre en el Ayuntamiento de Palencia, calle Mayor, edificio de las Canónigas, solicitando cita previa. También pueden ser registradas de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Plataforma en Defensa del Arbolado

 

 

 

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